LA VIVIENDA EN LA RENTA 2017

LA VIVIENDA EN LA RENTA

otocasa publica hoy un extenso reportaje sobre el tratamiento de la vivienda habitual en la campaña de la renta 2017 con sus aspectos fundamientales a declarar mediante una entrevista a José Antonio Martín Herrera, vocal de la Junta del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid.

Las adquisiciones de viviendas realizadas el pasado año no tienen derecho a deducción por adquisición de vivienda habitual, que queda limitada a las que se adquirieron antes de 2013 y siempre que ya se aplicara dicha deducción antes de esa fecha.

Los inmuebles que no constituyen vivienda habitual aparecen en la declaración en el apartado de imputación de renta inmobiliaria. “Es como si un contribuyente tuviera un ingreso por el mero hecho de tener a su disposición un inmueble”, explica Martín. Se calcula según un porcentaje del valor catastral. En aquellos municipios en los que el valor catastral ha sido revisado en los últimos diez años será del 1,1%. En caso contrario, del 2%.

Toda la información en https://www.fotocasa.es/…/renta-2017-como-declarar-compra…/…